Seamos realistas, soñemos lo imposible. |
Posted: 17 Apr 2014 03:08 PM PDT
COMUNICADO
Montevideo, abril 2014
A la opinión pública:
Por el derecho a un parto y nacimiento respetados Mujeres, hombres, familias organizadas y organizaciones sociales queremos informar sobre nuestro reclamo para que se respeten los derechos sexuales y reproductivos en el nacimiento en Uruguay.
Esta reivindicación hace eco de un movimiento internacional por la humanización del nacimiento y el derecho a elegir donde, como y con quien parir. Todas las mujeres tienen derecho a elegir libremente cuándo y cuántos hijos desean tener.
También es su derecho elegir libremente cómo quieren que sus hijas e hijos nazcan. La evidencia científica que dio a conocer el CLAP/OPS en 2001 y que impulsó la promulgación de la Ley de Acompañamiento en el Parto en Uruguay, demuestra que varios de los procedimientos de la rutina ginecobstétrica son innecesarios y muchas veces contraproducentes para la salud materna y del recién nacido.
Es obligación de los estados respetar los derechos humanos y garantizar su pleno disfrute. Ningún organismo público puede afectar el derecho a la autonomía de las mujeres y sus parejas de decidir donde y con quien será el nacimiento de sus hijos e hijas; y deben garantizar la asistencia aún cuando elijan algo diferente al parto institucionalizado.
Recientemente se conoció el borrador del futuro reglamento de la profesión “Obstetra-Partera”, elaborado por el Ministerio de Salud Pública, donde se modifica la posibilidad del libre ejercicio profesional, en relación a la asistencia del nacimiento fuera de los ámbitos de los prestadores de salud públicos o privados, inhabilitando legalmente a las parteras a prestar asistencia a aquellas familias que libremente optan por un nacimiento en domicilio.
Cabe destacar que dicho documento fue elaborado por las autoridades sanitarias sin participación de las parteras de nuestro país, ni de los organismos académicos que forman a dichas profesionales, salvo en lo referente al vademécum farmacológico.
Esta modificación constituye una violación al derecho a la asistencia para las familias que eligen un parto en domicilio y, además un potencial incumplimiento del artículo 3o inciso c) de la Ley 18.426 de la Defensa de los Derechos Sexuales y Derechos Reproductivos en el que se establece como uno de los objetivos específicos:
“...promover el parto humanizado garantizando la intimidad y privacidad; respetando el tiempo biológico y psicológico y las pautas culturales de la protagonista y evitando prácticas invasivas o suministro de medicación que no estén justificados...”
En Uruguay el derecho a elegir las circunstancias del nacimiento, está reconocido en legislación vigente. Sin embargo, su pleno goce y ejercicio, no está asegurado.
Una de las principales estrategias promovidas por la Organización Mundial de la Salud (OMS) para disminuir la morbimortalidad materna y perinatal es promover la asistencia del nacimiento por personal calificado. En Uruguay, los partos en casa planificados son asistidos por Obstetras Parteras tituladas por la Escuela de Parteras (dependiente de la Facultad de Medicina de la Universidad de la República) y habilitadas por el Ministerio de Salud Pública.
La partería es la profesión más antigua de la humanidad. Desde sus orígenes ha sido llevada adelante por mujeres comprometidas con el proceso fisiológico del nacimiento, respetando los tiempos biológicos de cada mamá y su bebé. Hoy la partera combina la sabiduría de milenios con los conocimientos de la medicina moderna y sus tecnologías asociadas.
La Organización Mundial de la Salud en el documento ¨Cuidados del parto normal: una guía práctica¨ plantea que la profesional idónea para el seguimiento del embarazo normal y la asistencia del parto normal es la partera. En los países del primer mundo la partera es de suma relevancia en los sistemas de salud públicos y privados.
En Uruguay el seguimiento durante el embarazo y la asistencia al parto está monopolizado por los/as ginecólogos. En la mayoría de las instituciones públicas y privadas no se respeta el derecho de las mujeres a elegir por quien ser asistidas durante el embarazo y el parto. En el sector privado se obliga a las mujeres a ser atendidas por ginecólogos/as sin que exista la posibilidad de poder elegir a una partera.
Esta nueva reglamentación constituye una grave violación del derecho al trabajo de las parteras pues prohíbe el libre ejercicio de su profesión, afectando el pleno desempeño de su tarea y reduciendo su campo de acción profesional al ámbito hospitalario.
En las maternidades de nuestro país la asistencia del nacimiento acontece en un contexto de sobre intervención y medicalización, con un porcentaje de cesáreas que a nivel nacional alcanza el 41% para el año 20111 sobrepasando el 60% en algunas prestadoras de salud privadas de Montevideo.
La OMS establece en sus recomendaciones que no se justifica en ningún país del mundo una tasa de cesáreas que supere el 15% (Recomendaciones de la OMS sobre el nacimiento. Declaración de Fortaleza. 1985).
El documento Técnico de Maternidades (Ordenanza No. 693 del MSP del 23/11/2012) promueve y recomienda el parto institucionalizado en el 2do y 3er nivel de atención (instituciones que cuenten con block quirúrgico). Plantea la regionalización de las maternidades, obligando a muchas mujeres a trasladarse grandes distancias para el momento del nacimiento, con el correspondiente desarraigo que ello implica. Esta Ordenanza anula la posibilidad de la habilitación legal de casas de nacimiento, modelo de atención de bajo riesgo que existe en muchos países con muy buenos resultados materno perinatales. Las casas de nacimiento o centros de maternidad de 1er nivel de atención, ofrecen una opción más para las mujeres a la hora de decidir sobre sus partos.
La reducción de alternativas para la atención del parto y del nacimiento constituyen barreras para el acceso a la salud de las mujeres y sus hijos e hijas.
Es en parte por éstas razones que cada vez más mujeres y sus parejas buscan otras opciones para el momento de la llegada de sus hijos.
Sin respeto no hay derechos
Exigimos que el Estado:
– Respete el derecho de toda mujer a decidir libremente sobre el nacimiento de sus hijos e hijas. A decidir dónde, cómo y con quién parir.
– Garantice el derecho a la asistencia de las familias que libremente optan por un nacimiento en su domicilio.
– Garantice el libre ejercicio de la profesión partera.
– Asegure que las mujeres puedan optar por una partera para el seguimiento del embarazo y asistencia del parto en todas las prestadoras de salud de nuestro país.
– Priorice la puesta en marcha de un sistema de traslados oportuno y adecuado materno y neonatal para las situaciones de urgencia que requieran un mayor nivel de atención durante el nacimiento para todas las mujeres del país.
El Estado debe garantizar el acceso a diferentes opciones para la atención de los nacimientos, por lo que el parto domiciliario planificado y otras alternativas deben estar incluidos como prestaciones dentro del Sistema Nacional Integrado de Salud.
El Ministerio de Salud Pública debe promover una discusión abierta y transparente sobre las políticas de salud sexual y salud reproductiva, garantizando la participación de las parteras, de las organizaciones sociales y muy especialmente de las mujeres.
El estado uruguayo debe sensibilizar y sensibilizarse sobre la existencia de violencia obstétrica ̈ ̈ como una forma más de violencia hacia las mujeres. No existen canales claros y eficaces para el seguimiento y la investigación de las denuncias sobre situaciones de maltrato y violencia en el nacimiento.
Las diferentes formas de atención al parto y nacimiento deben partir del protagonismo de las mujeres, de sus proyectos de vida, del respeto de sus necesidades afectivas y sus opciones personales para el recibimiento de sus hijos e hijas.
Es nuestro derecho
Que se respeten nuestros derechos sexuales y derechos reproductivos.
Decidir dónde, cómo y con quién parir.
POR EL DERECHO A UN PARTO Y NACIMIENTOS RESPETADOS.
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